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4.8.08

Prensa Municipalidad de Villa Merlo San Luis

EL MUNICIPIO GESTIONO TRES BECAS EN EDUCACION
El viernes pasado se confirmo la aprobación de tres becas estudiantiles a la Secretaría de Desarrollo Humano y Social del Municipio, que fueron gestionadas ante el Ministerio de Educación de la Nación.
Las becas tramitadas por el Municipio de Merlo son para estudiantes primarios y secundarios con el objetivo de aportar económicamente, la continuidad de los estudios.

GUARDIA Y EL INTENDENTE DE TILISARAO TRABAJAN EN LAS SOLUCIONES PARA EL BARRIO 156 VIVIENDAS
El Intendente Sergio Guardia mantuvo una conferencia de prensa el viernes pasado donde los principales temas que se abordaron fueron la situación del Barrio 156 Viviendas y la reunión que mantuvo con el Vicepresidente Julio Cobos.
Guardia comento, ante los periodistas presentes, que la resolución del problema de las cloacas del barrio 156 viviendas es una de las prioridades a resolver conjuntamente entre la Intendencia de Merlo y la de Tilisarao.
El Intendente de Merlo comento que parte de su gabinete mantuvo en San Luis una reunión, en el Ministerio de Gobierno, con el Intendente de Tilisarao en la que ese jefe comunal asumió la responsabilidad de la situación y se comprometió a trabajar en la refacción y puesta a punto de la planta de tratamientos cloacales, que posteriormente será entregada al Municipio.
También firmaron ambas municipalidades un acta donde se acordó la entrega del barrio y sus instalaciones al municipio local, con el acuerdo de plazos y formas.
Por otro lado Guardia dejo en claro que el Municipio de la Villa cobra 12 pesos en las tasas municipales de ese barrio en concepto de la energía eléctrica que se gasta en el funcionamiento de los motores que hay en la planta de tratamientos. El mantenimiento de la misma no se cobra porque el Municipio no estaba realizando esa tarea todavía.
El Municipio de Tilisarao se comprometió a dejar en perfectas condiciones la planta de tratamiento del barrio en un plazo de 30 o 40 días, mientras que el ejecutivo de Merlo manifestó tener personal dispuesto a realizar el curso de mantenimiento de la planta de efluentes cloacales.

REUNION CON COBOS
En la rueda de prensa Guardia hizo referencia a la reunión que mantuvo en Buenos Aires con el vicepresidente Julio Cobos, que sirvió para ratificar la amistad que ambos mantienen y la buena predisposición que hay para con las intendencias de las provincias argentinas.

FONDO MUNICIPAL DE EMERGENCIA
La Intendencia de Villa de Merlo pone en conocimiento de la ciudadanía el Decreto de Reglamentación del Fondo de Emergencia establecido mediante la Ordenanza N°810, que establece las pautas de administración del 30% de los recursos generados por el fondo de emergencia económica y que se destina anualmente a instituciones que desarrollen proyectos de difusión y concientización.

DECRETO N°08 - INTENDENCIA MUNICIPAL / 2008

VISTO: La sanción legislativa de la ordenanza N°810/03 referida al Fondo de Emergencia establecido en la Ordenanza N°611-Honorable Concejo Deliberante / 96 y su modificatoria Ordenanza N°653- Honorable Concejo Deliberante/97.

CONSIDERANDO: Que el Art. N°4 BIS, incorporado mediante la precitada norma a la Ordenanza N°611-HCD/96, establece que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá dictar la reglamentación en relación a los proyectos que presenten las organizaciones no gubernamentales.

POR TODO ELLO EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES
QUE LA LEY LE CONFIERE

DECRETA:

ART. 1°: De los Proyectos deberán contener:
Temática abordada
Evaluación de la problemática
Identificación de los actores comprometidos en la problemática
Propuestas de prevención
Desarrollo del proyecto. Planificar con etapas de ejecución y medios de implementación.
Especificar aportes de la ONG presentante (Recursos Humanos y Recursos Materiales).

ART.2°: De los Presentantes: deberán acreditar:
Personería jurídica
Más de 2 (dos) años de trabajo en el campo de la concientización y prevención en nuestra comunidad.

ART.3°: De la Cantidad Mínima de presentantes:
Deberán presentarse al menos tres instituciones que cumplan los requisitos establecidos en el ART.2° para que pueda realizarse la evaluación.

ART.4° De la cantidad de proyectos:
Cada institución podrá presentar como máximo dos proyectos para su evaluación en cada oportunidad.

ART.5° De la oportunidad y difusión de la convocatoria de la recepción de propuestas:
La difusión de la convocatoria será realizada a través de medios públicos de comunicación durante cinco días.
La recepción de los trabajos será hasta el 20 de agosto de cada año.

ART.6° De la evaluación y adjudicación.
Estará a cargo de una comisión evaluadora, que deberá estar integrada por el Director de Ambiente y Desarrollo Sustentable; Secretario/a de Hacienda; Director de Educación; Director/a de salud y un referente de la Junta Municipal de Defensa Civil.
Será función de esta Comisión Evaluadora: evaluar los proyectos presentados, emitir dictamen escrito a cerca de la conclusión arribada y solicitar al HCD su homologación. Adjudicar mediante acto administrativo o rechazar mediante resolución fundada cuando ninguno de los proyectos sea seleccionado. Controlar y efectuar el seguimiento del desarrollo de los proyectos adjudicados..
El proyecto seleccionado deberá ser remitido junto con el dictamen al HCD antes del 10 de setiembre de cada año, para su homologación y posterior incorporación en el presupuesto del ejercicio siguiente.
ART.7° De la falta de proyectos y/o rechazo y/o incumplimiento: si no hubiera presentación de proyectos y/o los presentados se hubieran rechazado por resolución fundada homologada por el HCD, y/o el ganador no hubiera cumplido con la rendición correspondiente y/o por alguna circunstancia se cancelara la prosecución del proyecto seleccionado, el saldo resultante del fondo de emergencia será destinado por el DEM a proyecto de interés comunal.
ART.8° de la incorporación en el presupuesto:
Una vez adjudicado el proyecto, y homologado por el HDC, el monto a otorgar a la institución y la distribución del mismo será incorporada al presupuesto municipal del ejercicio siguiente, en el cual se llevara a cabo el proyecto.
ART.9° De la rendición de cuentas:
Deberá efectuarse por etapas acorde a la planificación presentada, de no producirse en tiempo y forma no se financiara la siguiente.
ART.10° comuníquese, publíquese, regístrese y acríbese.

MERLO ADHIERE AL CONCURSO SAN LUIS LIBRO
El pasado viernes el Intendente Sergio Guardia recibió en su despacho a la Jefa del Programa San Luis Libro, Magíster Adriana Ortiz Suárez, y al Jefe del Área Promoción del mismo, Daniel Miranda. Los funcionarios provinciales se reunieron con el Intendente para solicitar la cooperación del Municipio de Merlo en la promoción y recepción de trabajos, en el marco de un concurso literario que permitirá a los ganadores de las diferentes categorías la publicación gratuita de sus obras.
El Municipio de Merlo adhirió a la propuesta presentada por el Gobierno de San Luis y participará de la convocatoria que permitirá a los cuentistas, novelistas y autores de otros géneros concursar por la publicación de sus trabajos. La Municipalidad de Villa de Merlo acordó con el Programa San Luis Libro que recepcionara los trabajos de los escritores de todo el departamento Junín. De esta forma se evita a los autores tener que dirigirse a la ciudad capital de San Luis para presentar sus obras.
Para la solicitud de bases y condiciones o la presentación de las obras se utilizara una única oficina: se trata de la Dirección de Cultura sita en Avenida del Sol y Avenida de la Luna de esta villa.
El periodo de presentación de trabajos del concurso denominado “San Luis te publica tu cuento, San Luis te publica tu novela, San Luis Libro publica los mitos y leyendas de tu pueblo” corre desde el 10 de julio hasta el 10 de octubre de 2008.
El género narrativa (mitos y leyendas de San Luis) deberá presentarse en un sobre cerrado con los datos personales en su interior y tres ejemplares de la obra, perfectamente legibles en hoja A4 (utilizar una sola cara del papel), interlineado simple, Arial 11 y una versión en soporte magnético.
Para el género cuento son los mismos requisitos y el tema a elección es libre.
El género narrativa novela deberá ser una obra inédita de no menos de 80 hojas con la elección del tema libre y cumpliendo los mismos requerimientos que en las anteriores.
Los autores deben ser sanluiseños o con residencia legal de dos años en la provincia de San Luis.
Para mayor información pueden escribir a: sanluislibro@sanluis.gov.ar o a el teléfono (02652) 452000, internos 6978/6979.

SERVICIO PÚBLICO
PARTE DIARIO

-Bacheo en el camino a Pasos Malos y luego continúa por Avenida Dos Venados.
-Traslado de material base de la cantera La Herradura al barrio 156 viviendas.
-Limpieza en la calle El Algarrobo y en las esquinas del barrio 156 viviendas.
-Espacios Verdes trabaja en la calle Cerro Áspero entre Coronel Mercau y Becerra.
-Perfilado de calles en el barrio 156 viviendas.
-Limpieza, barrido y pintura de cordones en avenida de los Incas.
-La recolección de residuos y el riego de calles se realizan con normalidad.

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