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2.1.13

Municipalidad de Juana Koslay

COMUNICADO DE PRENSA

La Municipalidad de la Ciudad de Juana Koslay INFORMA:

Que se encuentra en vigencia la ordenanza Nº 577 – HCDJK – 2011, promulgada por el Poder Ejecutivo Municipal, la cual manifiesta: 
Que entre los objetivos más importantes se encuentra el de asegurar a largo plazo la cantidad y calidad de suministro del agua a los ciudadanos, promoviendo el ahorro y la eficiencia en el consumo de la misma.
Que dentro de los objetivos de gobierno planteados por el Municipio de Juana Koslay en cuanto “Ciudad Verde”, es prioritario establecer políticas de racionalización en el uso y medidas de protección del recurso natural del agua potable.

Y en su articulado se destacan los siguientes:
·         Declara de “interés municipal prioritario” el uso racional del agua potable en todo el ejido municipal. El no cumplimiento de las normas acarreará la sanción con la correspondiente MULTA.

  • Que el usuario del servicio de agua potable debe efectuar un uso conforme al tipo de conexión correspondiente, sea ésta de tipo domiciliaria, comercial o industrial.

  • Que el usuario cuya conexión es de tipo domiciliaria no debe utilizar agua potable para lavar vehículos.
  • Que en el período comprendido entre el 1 de Noviembre y el 31 de Marzo de cada año el usuario puede utilizar agua potable para regar ÚNICAMENTE dentro del horario de 20:00 a 9:00 horas del día subsiguiente, no debiendo regar con agua potable las calles, sean estas  pavimentadas o no.
  • Que el usuario no debe desagotar la pileta de natación a la vía pública, debiendo reutilizar el agua, en su caso, para riego. El llenado de piletas de natación de más de cinco mil litros debe ser realizado con la contratación de camiones u otro servicio que distribuya agua no proveniente de red agua potable.
  • Que el usuario debe mantener en un buen estado de conservación y uso los tanques de agua domiciliarios. El rebalse de los mismos y las pérdidas internas de agua potable debidas a desperfectos en las instalaciones, artefactos o accesorios son considerados uso irracional del agua potable.
  • Que la empresa hotelera, turística y de alquileres temporarios debe colocar en lugar visible un cartel en la recepción de huéspedes con la siguiente inscripción:

“Haga uso racional del agua potable”, citando la Ordenanza.

  • Que constatada la infracción de las normas, se labrará el acta correspondiente. Las infracciones serán constatadas y comunicadas de inmediato al Juzgado Municipal de Faltas, el cual impondrá las sanciones ante la infracción a las normas de racionalización del uso de agua potable, con la correspondiente MULTA.

Entre todos, cuidemos nuestra Ciudad y nuestro Medio Ambiente.





Prensa
Municipalidad de Juana Koslay






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 Dr. Domingo E. Flores
Relaciones Institucionales y Prensa
Municipalidad de Juana Koslay

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